” Cuando en la entidad (iglesia o asociación) se crea una reserva con fines específicos, la sola decisión de constituirla no da lugar al reconocimiento de un pasivo, el reconocimiento del pasivo se retrasa hasta que la entidad tiene la obligación de pagar por el mismo, en su lugar la entidad podría reflejar en su contabilidad la destinación específica de los resultados, como un componente separado del activo neto de la entidad, que podría denominarse reserva voluntaria para xxx, y presentarla de forma separada en el estado de situación financiera o en las notas. También es posible constituir un fondo con destinación específica cuando la entidad dispone de los fondos líquidos que serán utilizados para el desarrollo de estos proyectos.”
Concepto CTCP 0057 de 2019
$ 5.900
“Manejo de reservas o fondos”
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |