” Para las entidades clasificadas en el grupo 2, el efecto de medir las propiedades de inversión a valor razonable tanto al momento de hacer el ESFA (resultados acumulados) como de manera posterior (resultados del periodo), se debió llevar a resultados, por lo tanto, la entidad deberá hacer la corrección de los errores correspondientes de acuerdo a lo dispuesto en los párrafos 10.19 a 10.23 de la sección 10 de la NIIF para las PYMES.”
Concepto CTCP 0147 de 2019
$ 5.900
“Venta de propiedades de inversión”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |