” En relación con el tema tributario, aun cuando el CTCP no tiene competencia para pronunciarse sobre ellos, la firma de un Contador Público en las declaraciones tributarias certifica que los libros se encuentran llevados en debida forma, que los estados financieros reflejan razonablemente la situación financiera de la entidad, y que las operaciones registradas en los libros se sometieron a las retenciones que establecen las normas vigentes (ver el Art. 581 del E.T.). Por ello, le recomendamos que las inquietudes sobre temas tributarios sean realizadas directamente a la UAE – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN.”
Concepto CTCP 0316 de 2019
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“Actuaciones del revisor fiscal”
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