” La declaración explicita y sin reservas requerida por el párrafo 16 de la NIC 1, la cual forma parte de los decretos reglamentarios expedidos en Colombia, esto es el anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 y demás normas que lo modifiquen, adicionen y sustituyan, para el caso de estados financieros certificados y/o dictaminados que se emiten en Colombia, debe hacerse considerando las normas de contabilidad e información financiera vigentes y no las últimas versiones de las NIIF que han sido emitidas por el emisor internacional.”
Concepto CTCP 0520 de 2019
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“Declaración explícita cumplimiento NIIF”
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