” Las directrices para la consolidación de los estados financieros de una entidad que aplica el anexo 2 del Decreto Único Reglamentario -DUR 2420 de 2015, y sus modificatorios, son las contenidas en la sección 9 de la NIIF para las Pymes. La forma de reconocer las utilidades o pérdidas de la entidad en que se invierte, depende del método de consolidación aplicado por la entidad: a) cuando se aplica el método de integración global (consolidación) las utilidades o pérdidas quedan incorporadas en los estados financieros consolidados de la entidad, b) cuando se aplica el método de la participación patrimonial, el importe inicial de la inversión, que es registrado por su costo, se incrementa o disminuye, por los cambios patrimoniales ocurridos con posterioridad a la fecha de adquisición.”
Concepto CTCP 0938 de 2019
$ 5.900
“Consolidación estados financieros”
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Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |