” En caso que una entidad genere pérdidas en la adopción por primera vez de las NIF, deberá observar el procedimiento establecido por parte del ente de control y vigilancia, o de acuerdo con el artículo 456 del Código de Comercio el cual permite enjugar las pérdidas con las reservas destinadas a este fin, con la reserva legal, o con las utilidades de períodos posteriores.”
Concepto CTCP 1025 de 2019
$ 5.900
“Tratamiento ajustes adopción NIF”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |