“… el incentivo tributario debe registrarse como un activo financiero, toda vez que puede ser vendido o utilizado, de acuerdo al Decreto 697 de 2020, el beneficio del 165% se otorga conforme a los artículos 2.12.2.3.1. y 2.12.2.3.2. El beneficio puede generar un saldo a favor o puede hacerse a través de un certificado de inversión o donación, con carácter negociable en el mercado secundario y que se puede fraccionar”. Para el registro contable, como también se expuso, debe atenderse a las cláusulas contractuales, de las cuales se genera la respectiva contabilización.. Véase, al respecto, el Concepto 2022-0440.”
Concepto CTCP 0234 de 2023
$ 5.900
“Certificados tributarios – incentivo CoCrea”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |