“… en consideración a la normatividad antes citada (Ley 2294 de 2023, Decreto 1670 DE 2021 y Decreto 1074 de 2015), a partir de la vigencia 2024 la clasificación de empresas del grupo 3 deberá realizarse basados en las unidades de valor básico (UVB), procediendo a la conversión respectiva, tal como se indica en el parágrafo 4 del artículo 313 de la Ley 2294 de 2023. En cuanto al valor de la Unidad de Valor Básico (UVB) para la vigencia 2024, será el que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público publique mediante Resolución antes del primero (1) de enero de 2024, tal como lo establece el mencionado artículo 313 de la ley 2294 de 2023.”
Concepto CTCP 0286 de 2023
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“Clasificación – Grupo 3”
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