Concepto CTCP 0297 de 2023

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“Certificación dependientes – Contador Público”

“… un contador certifica hechos “de terceros” a través de su trabajo de verificación de dichas afirmaciones o también de documentos que él ha preparado como en el caso de los estados financieros, pero que no conllevan la fuerza de la fe pública. Aunque la norma no prohíbe expresamente que cualquier contador público haga la certificación con el tema consultado, le recomendamos dado que se trata de un tema fines tributarios, consultarlo directamente a la DIAN en razón al símil puede interpretarse con el artículo 1 de la Ley 43 de 1990, por efecto de la fe pública que le genera la confianza a la DIAN. Véase, también, el Concepto 2020-0105.”

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