“… la Ley 2195 en su artículo 57 define claramente las obligaciones que debe atender un revisor fiscal, no siendo de su incumbencia las obligaciones que son propias de la administración. El artículo 214 del mentado Código de Comercio ordena la completa reserva que debe cumplir dicho Organismo de Control y la forma de comunicar aquellos sobre los cuales debe proceder y tiene conocimiento, los cuales deben ajustarse estrictamente a la normatividad vigente, debiendo abstenerse de atender solicitudes de particulares sobre hechos o actos que hubiere conocido en razón al ejercicio de su cargo. En cuanto a la pregunta específica, si una autoridad estatal le solicita la certificación de los accionistas con base obviamente en el libro de registro de socios, el cual es un libro de comercio y de obligación para toda sociedad de acuerdo con el artículo 175 del Decreto-Ley 019 de 2012, debe atender dicha solicitud informativa conforme al numeral 3 del artículo 207 ya citado. Véanse, además, los Conceptos 2023-0011, 2022-0353, 2020-0958, 2018-1136, 2018-0907, 2018-0335, 2017-0880, 2017-0284, 2017-0066, 2016-0761, 2015-0671 y 2015-0517.”
Concepto CTCP 0392 de 2023
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“Certificaciones del revisor fiscal”
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