“El reconocimiento de ingresos de actividades ordinarias al que se hace alusión en las inquietudes formuladas por el peticionario, se realiza con base en la aplicación de la Sección 23 – Ingresos de actividades ordinarias, de la NIIF para las Pymes, incorporada en el Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, para efecto de presentación de los estados financieros de propósito general y por tanto, para el registro contable con fundamento en la norma de realización, toda vez que éstos soportan la presentación de dichos estados.”
Concepto CTCP 0393 de 2023
$ 5.900
“Reconocimiento de ingresos IPS”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |