” Un pasivo que se capitalizará en periodos contables futuros, cumple los requisitos para clasificarse como un componente del patrimonio, siempre que los socios (accionistas) así lo hayan manifestado mediante el documento societario respectivo (acta de junta de socios o asamblea de accionistas), los socios (accionistas) no puedan requerir a la entidad el reembolso del efectivo, y la entidad emisora del instrumento de patrimonio ha iniciado los trámites para su expedición, tal como lo exige la legislación nacional, si la totalidad de los anteriores requisitos no se cumplen, la entidad debe seguir reconociendo un pasivo financiero.”
Concepto CTCP 0257 de 2020
$ 5.900
“Reclasificación contable de pasivos por deuda con socios por patrimonio”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |