” Con respecto al cobro de los intereses de mora causados durante el período de emergencia, se aplicará lo establecido en el decreto expedido, en lo referente a los intereses de mora de las cuotas vencidas en ese período y no de otras que se encuentren en mora y correspondan a períodos diferentes de los aludidos en el referido decreto. En todo caso, es potestad de la asamblea de copropietarios establecer las directrices en materia de cobro de intereses de mora, así como de los descuentos por pronto pago, conforme a lo establecido en los estatutos o en la asamblea de copropietarios.”
Concepto CTCP 0680 de 2020
$ 5.900
“Intereses de mora en cuotas de administración”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |