” “…Si la información contable ha desaparecido o se encuentra incompleta, deberá reconstruirse la información financiera faltante con los documentos soportes con que cuente la compañía, o con copia de los mismos que reposen en poder de terceros. En tal copia, se debe dejar constancia de tal circunstancia, indicando el motivo de la reposición. Los nuevos marcos normativos contenidos en el Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, no contienen referencia a la pérdida y reconstrucción de los libros de contabilidad, por tanto, se aplicarán las disposiciones contenidas en el artículo 135 del Decreto 2649 de 1993, acerca de la pérdida y reconstrucción de los libros de contabilidad. ….”.”
Concepto CTCP 0734 de 2020
$ 5.900
“Reconstrucción de la Contabilidad”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |