” En opinión del CTCP, al corte enunciado deberán aplicarse los requerimientos establecidos en el marco de información financiera que aplique la entidad, así mismo, las políticas contables sobre los estados financieros intermedios serán las mismas de los estados financieros de fin de ejercicio. Por ello, si el marco requiere que los activos y pasivos por impuestos diferidos sean reconocidos, estos deberían reconocerse y registrarse, de no hacerlo, se generaría una desviación en el cumplimiento de los marcos de información financiera.”
Concepto CTCP 0761 de 2020
$ 5.900
“Cálculo impuesto diferido en períodos intermedios”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |