” La designación, fijación de remuneración y remoción del revisor fiscal, es una función que corresponde exclusivamente a la asamblea, en este caso la de copropietarios. Del mismo modo la renuncia unilateral del revisor fiscal, debe realizarse ante la asamblea de copropietarios (organismo que lo eligió), y no puede formalizarse ante la administración o el consejo de administración.”
Concepto CTCP 0823 de 2020
$ 5.900
“Renuncia al cargo de revisor fiscal”
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Cantidad de descargas | Precio final unitario |
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