” Cuando se apropien recursos de los excedentes para la adquisición de elementos de propiedades planta y equipo, en una ESAL, ellos debe ser contabilizados como una reserva, la cual formará parte del patrimonio. El CTCP también ha indicado, que en el activo se puede constituir un fondo con destinación específica, cuando los excedentes estén representados por fondos líquidos, así al adquirirse el activo, el fondo restringido se acreditaría, dando origen al reconocimiento del elemento de propiedades, planta y equipo en los estados financieros.”
Concepto CTCP 1160 de 2020
$ 5.900
“Reinversión de excedentes en una ESAL”
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |