Sentencia CDEE 26230 de 2022

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“Devolución IVA VIS – Resulta aplicable el artículo 863 del ET, según el cual los intereses corrientes se causan cuando “

“se hubiere presentado solicitud de devolución y el saldo a favor para el caso, el valor solicitado en devolución estuviere en discusión, desde la fecha de notificación del requerimiento especial o del acto que niegue la devolución, según el caso, hasta la ejecutoria del acto o providencia que confirme total o parcialmente el saldo a favor, y los moratorios, “a partir del vencimiento del término para devolver y hasta la fecha del giro del cheque, emisión del título o consignación””

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