“En el contexto del tratamiento fiscal de los contratos de concesión y APP en el impuesto sobre la renta, así como la doctrina de la DIAN que excluyó de dicho concepto a los ingresos por rendimientos financieros. “A la luz de la norma especial art. 32 E.T., todas las erogaciones reconocidas como costos y gastos en la etapa de construcción generan un mayor valor en el costo fiscal del “activo intangible” donde ese activo está llamado a generar una contrapartida de “pasivo por ingresos diferidos” por el mismo valor …, mientras que en la etapa de operación y mantenimiento pasa a amortizarse ese activo intangible de la etapa de construcción y a disminuirse el pasivo por ingresos diferidos”
Sentencia CDEE 25352 de 2023
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“Declaran nula la norma que definió el concepto de ingresos asociados a la etapa de construcción”
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