Sentencia CDEE 27351 de 2023

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“Procede la terminación de procesos judiciales como consecuencia de la aplicación de beneficios fiscales reconocidos al amparo de la normativa de excepción devenida inexequible. “

“Mientras que estuvieron vigentes los artículos 7 del Decreto Legislativo 678 de 2020 y 2 del Decreto Municipal 135 de 2020, los administrados podían acogerse al beneficio fiscal sub examine si demostraban el pago del 80 por ciento del impuesto en discusión, y su aplicación daba lugar a la terminación de los respectivos procesos administrativos y judiciales. Criterio que coincide con el expuesto en la providencia del 16 de septiembre de 2021 (exp. 25134), reiterada en la providencia del 14 de marzo de 2022 (exp. 25764), en el sentido de señalar que “La Corte Constitucional, por medio de la sentencia C-448 de 15 de octubre de 2020, declaró inexequible el artículo 7 del Decreto Legislativo 678 de 2020, con efectos a futuro, por lo tanto, las actuaciones efectuadas en vigencia de la norma y la fecha de la sentencia se reputan como legítimas por haber sido ejecutadas y estar amparadas con la presunción de constitucionalidad de las normas que integran el sistema jurídico”, frente a solicitudes de terminación de procesos de nulidad y restablecimiento del derecho relativos a tributos territoriales”

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