Sentencia CDEE 27423 de 2023

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“Consejo de Estado se pronuncia sobre la fijación de la tasa para el manejo y control de publicidad exterior visual en dimensiones inferiores a las señaladas en la Ley 140 de 1994. “

“La autorización que otorgó el artículo 28 de la Ley 344 de 1996, modificado por el artículo 96 de la Ley 633 del 2000, inicialmente, solo permite que las autoridades ambientales del orden local determinen la tarifa de la tasa para el control y manejo de la publicidad exterior visual en los términos del artículo 15 de la Ley 140 de 1994, es decir cuyas dimensiones sean iguales o superior a 8 metros cuadrados. Se dice que inicialmente porque, como lo indicó la Sentencia C-535 de 1996, el principio de rigor subsidiario permite que los concejos municipales y distritales, atendiendo a las necesidades propias de la entidad territorial a la que pertenecen, dispongan una reglamentación más estricta que, para el asunto bajo estudio, consistiría en establecer mecanismos de control y manejo … de la publicidad exterior visual de dimensiones inferiores a 8 metros cuadrados”

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