“… para facilitar el manejo contable del fondo de imprevistos, este Consejo recomienda que el fondo liquido solo se constituya con los recursos efectivamente recaudados y la parte causada pero no pagada sea reconocida como una cuenta por cobrar del fondo de imprevistos, la cual incrementará el fondo liquido cuando ella sea efectivamente recaudada. Cuando existen altos niveles de mora en una copropiedad, la constitución del fondo líquido con el 1% del presupuesto anual de gastos, podría afectar la liquidez de la copropiedad e impedir que otras obligaciones sean oportunamente canceladas. Véanse sobre este tema los Conceptos 2020-0310 y 2018-0859, así como el Documento de Orientación Técnica No. 15 – Copropiedades de uso residencial o mixto (grupo 1, 2 y 3).”
Concepto CTCP 0075 de 2024
$ 5.900
“Fondo de imprevistos en propiedad horizontal”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |