“… las entidades sin ánimo de lucro por regla general, no requieren de revisor fiscal, salvo norma especial que así lo disponga o cuando los constituyentes lo manifiesten en los estatutos. Véase también, al respecto, el Concepto 2020-0296.”
Concepto CTCP 0104 de 2024
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“Obligatoriedad de revisor fiscal en asociaciones de vivienda”
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