“… la obligatoriedad de tener revisor fiscal se da por exigencia del Código de Comercio, la Ley 43 de 1990 y otras normas legales, no obstante, en aquellas entidades en las cuales no es obligatoria esta institución, puede emplearse esta figura si en los estatutos o en el reglamento interno de la entidad así se establece.”
Concepto CTCP 0251 de 2024
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“Obligatoriedad del revisor fiscal en una PH Residencial”
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