“Los pagos realizados en los recibos electrónicos del SIMPLE por los contribuyentes excluidos del régimen por incumplimiento de requisitos no subsanables pueden ser acreditados en las declaraciones del IVA, siempre y cuando dichos pagos correspondan a los mismos periodos gravables objeto de declaración. Los anticipos efectuados a través de los recibos electrónicos del régimen SIMPLE cubren las obligaciones sustanciales correspondientes a los periodos concluidos hasta la fecha en que el contribuyente fue excluido de dicho régimen. Véanse, también, los Oficios 906046 de 2020, 906829 de 2021 y 912700 de 2021.”
Oficio Dian 7364 de 2024
$ 5.900
“Régimen Unificado de Tributación SIMPLE – Exclusión por incumplimiento de requisitos no subsanables – Aplicación pagos realizados en anticipos – Configuración de intereses”
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Cantidad de descargas | Precio final unitario |
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