“La DIAN podrá remover el velo corporativo de entidades que hayan sido utilizadas o hayan participado, por decisión de sus socios, accionistas, directores o administradores, dentro de las conductas abusivas. A la par, el artículo 794-1 ibídem establece la desestimación de la personalidad jurídica en casos de abuso. Responden solidariamente con el contribuyente por el pago del tributo las personas o entidades que hayan sido parte en negocios con propósitos de evasión o de abuso, por los impuestos, intereses y sanciones dejados de recaudar por parte de la Administración Tributaria. Véanse, además, los Oficios 4557 de 2023, 902024 de 2022, 912410 de 2021 y 6006 de 2017.”
Oficio Dian 0010 de 2024
$ 5.900
“Impuesto sobre la renta y complementarios – Abuso en materia tributaria – Responsabilidad solidaria”
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