“El revisor fiscal debe iniciar el ejercicio de sus funciones a partir de la fecha de su elección por la Asamblea de Copropietarios, salvo que esta instancia disponga otra cosa. Su inscripción en la Alcaldía respectiva, si bien es un requisito formal, no condiciona el inicio de sus funciones, aunque si éstas tendrán efectos ante terceros. Véanse, también, los Conceptos 2025-0039, 2022-0547, 2020-0387, 2020-0356, 2020-0312 y 2019-0808.”
Concepto CTCP 0055 de 2025
$ 5.900
“Inicio del trabajo de revisoría fiscal”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |