“Bajo el marco técnico normativo del Grupo 1, contenido en el Decreto Único Reglamentario DUR 2420 de 2015, los activos financieros pueden reconocer sus variaciones en el ORI o en el resultado, dependiendo de su clasificación y modelo de negocio. Mientras que, bajo el marco técnico normativo del Grupo 2 del DUR 2420 de 2015, las variaciones en el valor razonable de los activos financieros se reconocerán, en todos los casos, directamente en el resultado del periodo, como una ganancia o una pérdida, según corresponda.”
Concepto CTCP 0050 de 2025
$ 5.900
“Inversión a largo plazo – Tratamiento contable”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |