Concepto CTCP 0078 de 2025

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“Provisión para mantenimientos futuros”

“Una provisión es un pasivo cuya cuantía o vencimiento es incierto, y cuyo reconocimiento contable solo procede cuando la entidad tiene una obligación presente, el desembolso es probable y el importe puede ser medido con fiabilidad. Según la Ley 675 de 2001, la asamblea general de propietarios es el único organo facultado para aprobar el presupuesto, incluyendo provisiones y mantenimientos futuros. En consecuencia, el consejo de administración no puede autorizar provisiones que no estén contempladas en el presupuesto aprobado por la asamblea, salvo que esta haya otorgado una autorización expresa para ello. Véase, además, el Concepto 2019-0046 y el Documento de Orientación Técnica No. 15 – Copropiedades de uso residencial o mixto.”

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