Concepto CTCP 0108 de 2025

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“PH – Expensas comunes y cuentas por pagar”

“Cuando en una propiedad horizontal (PH) el recaudo del suministro de gas por parte de cada copropietario se realiza con base en el consumo individual y de forma independiente a las expensas comunes necesarias aprobadas por la Asamblea General, los recursos recaudados por la administración no constituyen un ingreso propio de la copropiedad y deben ser registrados como un pasivo (ingreso recibido para terceros). Véase, además, el Documento de Orientación Técnica DOT 15 – Actualizado –Propiedades horizontales de uso residencial o mixto grupos 2 y 3.”

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