“Las diferencias en cambio derivadas del manejo de cuentas de compensación deben reconocerse de acuerdo con la NIC 21 de las NIIF Plenas o la Sección 30 de la NIIF para las PYMES, según la clasificación de la entidad en el Grupo 1 o Grupo 2, respectivamente. Véanse, además, los Conceptos 2024-0414, 2024-0184, 2024-0050, 2023-0588, 2023-0587, 2023-0586, 2023-0528, 2023-0430, 2023-0408, 2023-0185 y 2019-0494, entre otros.”
Concepto CTCP 0126 de 2025
$ 5.900
“Tratamiento contable – Diferencia en cambio”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |