“… para efectos de calcular el porcentaje de gastos de representación exento, se deberá tomar la información del renglón 36 del Formulario 220 “Certificado de ingresos y retenciones por rentas de trabajo y de pensiones” correspondiente a salarios. En este sentido, el valor de gastos de representación exento no podrá ser superior al 50% o 25%, según se trate, del valor incluido en ese renglón.”
Oficio Dian 6042 de 2025
$ 5.900
“Impuesto sobre la renta y complementarios – Rentas laborales exentas – Salario – Gastos de representación exentos”
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