“Los costos y gastos incurridos mediante desembolsos efectuados con anterioridad a la adquisición de los derechos económicos de exploración no son susceptibles de capitalización fiscal conforme al artículo 74-1 del Estatuto Tributario (ET). En consecuencia, tales erogaciones deben tratarse como gastos del período, y su eventual deducción estará sujeta al cumplimiento de los requisitos generales de necesidad, causalidad y proporcionalidad establecidos en el artículo 107 ibidem.”
Oficio Dian 6937 de 2025
$ 5.900
“Impuesto sobre la renta y complementarios – Capitalización de inversiones – Evaluación y Exploración de recursos naturales no renovables – Gastos preoperativos anteriores a la obtención del derecho de exploración”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |