“En la medida en que la cooperativa actúe únicamente como agente de recaudo, los valores recibidos deben registrarse como pasivos por ingresos recibidos para terceros, siendo la comisión o retorno el único ingreso propio. No obstante, si del contrato se desprende que la cooperativa es el responsable principal frente a la aseguradora por la totalidad de la póliza, corresponderá reconocer un activo por cuentas por cobrar a los asociados y un pasivo frente a la aseguradora por igual valor, manteniéndose como ingreso propio únicamente la comisión. Véase también el Concepto 2024-0339.”
Concepto CTCP 0223 de 2025
$ 5.900
“Tratamiento contable de convenios con aseguradoras por pólizas colectivas bajo NIIF para las PYMES”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |