Oficio Dian 8858 de 2025

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“Impuesto de timbre en los convenios y contratos suscritos con organizaciones de comunidades indígenas, ROM, raizales y otras minorías”

“… los convenios financiados con recursos del presupuesto general causan timbre igual que cualquier otro, si reúnen los elementos del hecho generador, lo determinante es la naturaleza del documento y de las partes (exentas o no), no la naturaleza pública o privada de los fondos empleados. Véanse, además, los Oficios 7648 de 2025 y 83435 de 2001.”

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