“… Hong Kong no hace parte de las jurisdicciones no cooperantes de baja o nula imposición desde el año gravable 2025, por lo tanto, las operaciones efectuadas entre contribuyentes del impuesto sobre la renta con residentes fiscales en Hong Kong están sujetas al cumplimiento de las obligaciones derivadas del régimen de precios de transferencia en aplicación del artículo 260-9 del Estatuto Tributario, hasta el periodo gravable correspondiente a 2024, las cuales tienen vencimiento en el año gravable 2025.”
Oficio Dian 10132 de 2025
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“Impuesto sobre la renta y complementarios – A partir de qué año gravable Hong Kong dejó de pertenecer a la lista de países no cooperantes y de baja o nula imposición, para efectos de establecer hasta que año gravable se debe presentar el informe de precios de transferencia en virtud del artículo 260-7 del Estatuto Tributario”
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