“… se aclara que las personas naturales contribuyentes del régimen simple de tributación al tenor de lo dispuesto en el artículo 1 de la Resolución 0165 de 2023 se encuentran obligados a presentar información exógena siempre que hayan obtenido ingresos brutos superiores a 11.800 Unidades de Valor Tributario (UVT) sin distinción del tipo de ingreso. En el caso que practiquen retenciones deberán cumplir con la obligación de presentar la información exógena sin perjuicio del tope señalado. Véanse, de manera complementaria, los Oficios 4139 de 2025 y 3863 de 2025.”
Oficio Dian 11866 de 2025
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Reporte información exógena – Régimen Simple de Tributación – Persona natural contribuyente Régimen Simple de Tributación
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