“Siempre que el producto resultante de la trituración mecánica de despojos de pollo no sea sometido a cocción, mezcla, adición de ingredientes ni modificación sustancial de su estado físico, y se mantenga en condiciones de frescura, refrigeración o congelación y se clasifique en la partida arancelaria 02.07, conserva la calidad de despojo comestible exento de IVA, de conformidad con el artículo 477 del Estatuto Tributario (ET). Véanse, además, los Oficios 18559 de 2018, 34445 de 2015 , 65393 de 2014 y 57299 de 2014.”
Oficio Dian 13275 de 2025
$ 5.900
“Impuesto sobre las ventas IVA – Bienes exentos”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |