Oficio Dian 14396 de 2025

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“Corrección inconsistencias o errores en declaraciones tributarias – Imputaciones de valores a periodos siguientes”

“Resulta jurídicamente procedente aplicar el mecanismo del artículo 43 de la Ley 962 de 2005 para corregir errores formales, que no incidan en la determinación sustancial de la obligación tributaria sustancial. Tal es el caso de la no inclusión de los saldos a favor de un periodo anterior en la corrección de la declaración que inicialmente los tuvo como imputados. Véanse, además, los Oficios 6745 de 2025, 9002 de 2024, 2627 de 2024, 3285 de 2023 y 13331 DE 2007.”

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