“De acuerdo con la Ley 675 de 2001, la administración es la responsable de llevar, custodiar y suministrar la información contable del conjunto a los propietarios. En consecuencia, el contador y el revisor fiscal no pueden suministrar información directamente a los copropietarios sin instrucción o autorización del administrador. Si bien es cierto que la copropietaria tiene derecho a la información, debe elevar solicitud formal ante la administración. Véanse también los Conceptos 2024-0306A, 2024-0306 y 2023-0379, entre otros.”
Concepto CTCP 0309 de 2025
$ 5.900
“Acceso a información contable en PH”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |