“Las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios de los contribuyentes no residentes, no son susceptibles de los descuentos establecidos en el artículo 254 del Estatuto Tributario, respecto de los impuestos pagados en el exterior. De otra parte, El Procedimiento de Mutuo Acuerdo (MAP) es un mecanismo que se desarrolla entre los Estados contratantes, para la resolución consensuada de diferencias o dificultades con respecto a la interpretación o aplicación de convenios suscritos por Colombia, para evitar la doble imposición y prevenir la evasión y la elusión fiscal.”
Oficio Dian 14951 de 2025
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“Impuesto sobre la renta y complementarios – Descuento por pago de impuesto en el exterior – Ingreso de fuente extranjera Residencia fiscal”
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