“En materia fiscal la figura de la compensación como medio de pago, se encuentra contemplada para el pago de obligaciones tributarias cuando existen saldos a favor en las declaraciones tributarias, y para efectos de la compensación de sentencias judiciales y conciliaciones de que trata el artículo 29 de la Ley 344 de 1996.”
Oficio Dian 15870 de 2025
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“Pago costas procesales – Compensación”
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