“… la doctrina vigente en el Oficio 7649 de 2025, concluye que el Fiscal General Penal Militar actúa ante un órgano colegiado con funciones jurisdiccionales, cumpliendo el criterio funcional del numeral 7 del artículo 206 ET., porque sus atribuciones lo colocan en una posición funcional equivalente a la de un fiscal delegado ante un Tribunal, pues actúa potencialmente ante un órgano judicial colegiado. Véanse, además, los Oficios 3411 de 2025 y 0373 de 2025.”
Oficio Dian 17217 de 2025
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“Aplicación de la exención tributaria prevista en el numeral 7 del artículo 206 del Estatuto Tributario , específicamente respecto del cargo de Fiscal General Penal Militar – Exención del 50% sobre su salario por concepto de gastos de representación”
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