“las estipulaciones contractuales mediante las cuales las partes acuerden la asunción económica del GMF no alteran la determinación legal del sujeto pasivo ni la obligación tributaria frente a la Administración Tributaria, quien exigirá el gravamen a quien realice el hecho generador, con independencia de los acuerdos privados celebrados entre las partes. Cualquier análisis relativo a la validez o eventual carácter abusivo de dichas estipulaciones corresponde a las autoridades competentes en el ámbito del derecho privado y de protección al consumidor.”
Oficio Dian 0732 de 2026
$ 5.900
“Gravamen a los Movimientos Financieros – Transacciones financieras mediante las cuales se disponga de recursos depositados en cuentas corrientes o de ahorros”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
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| 6 + | $ 3.500 |