“… el Concepto No. 001981 int. 0286 del 11 de febrero de 2026 analizó la regulación aplicable al proceso de cobro coactivo de obligaciones aduaneras, precisando, entre otros: (i) la regla que rige la firmeza y ejecutoriedad del acto que sirve de fundamento al cobro, (ii) el alcance de la remisión al Estatuto Tributario prevista para el procedimiento de cobro y (iii) la inaplicabilidad, en ese contexto, del numeral 4 del artículo 829 y del numeral 5 del artículo 831 del Estatuto Tributario. De igual manera, este Despacho se pronunció nuevamente sobre el cobro de obligaciones aduaneras mediante el Oficio No. 003082 int. 278 del 27 de febrero de 2026. En consecuencia, con fundamento en los citados pronunciamientos, se atienden las preguntas 1, 2, 4, 5, 6 y 7. Se anexa la doctrina referida para su conocimiento y fines pertinentes.”
Oficio Dian 3894 de 2026
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“Alcance y aplicabilidad del Oficio 908756 del 12 de diciembre de 2022 frente al proceso de cobro coactivo derivado de una Liquidación Oficial de Corrección expedida bajo la vigencia del Decreto Ley 920 de 2023, “por medio del cual se expide el nuevo régimen sancionatorio y de decomiso de mercancías en materia aduanera, así como el procedimiento aplicable”.”
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