Concepto CTCP 0078 de 2026

$ 5.900

“Devoluciones en ventas – Exportaciones”

“El reconocimiento de ingresos por venta de bienes bajo la Sección 23 de la NIIF para las PYMES es procedente cuando se han transferido los riesgos y ventajas significativos y el ingreso puede medirse con fiabilidad. No obstante, cuando existan incertidumbres relevantes asociadas a devoluciones o rechazos, estas deben considerarse al momento del reconocimiento. Los rechazos posteriores por calidad constituyen, en esencia, devoluciones que deben reconocerse como una disminución del ingreso previamente reconocido y no como un gasto independiente. La forma documental no determina el tratamiento contable, el cual debe reflejar la sustancia económica de la transacción.”

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Cantidad de descargas Precio final unitario
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