“… al no encontrarse consagrada de manera expresa la exención de impuesto de timbre nacional en norma interna, convenio o tratado, debe concluirse que la Organización de Estados Iberoamericanos – OEI, se encuentra sometida al impuesto de timbre nacional y por lo tanto se ratifica la doctrina de esta Oficina contenida en los Oficios Nos. 082346 de 2006 y 099486 de 2007. Finalmente, en atención a que la peticionaria consulta acerca de los requisitos que se deben atender en cumplimiento de la expedición de factura electrónica, el descriptor 3.1.1.1. del Concepto unificado No. 0106 de 2022 indica que El artículo 617 del Estatuto Tributario dispone requisitos que debe cumplir la factura de venta, siendo ellos generales aplicables a todas las facturas que se expidan.”
Oficio Dian 5716 de 2026
$ 5.900
“Facturación Electrónica – Obligación de expedir factura”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |