“El revisor fiscal no tiene dentro de sus funciones evaluar o calificar la conveniencia, oportunidad o eficiencia de las decisiones adoptadas por la administración, salvo en cuanto dichas actuaciones puedan evidenciar irregularidades, incumplimientos legales o estatutarios, o generar efectos relevantes sobre la información financiera, el control interno o la hipótesis de negocio en marcha. No obstante, en ejercicio de sus funciones de fiscalización y aseguramiento, deberá comunicar oportunamente a los órganos correspondientes los riesgos relevantes y las debilidades de control interno identificadas en desarrollo de su labor, conforme al artículo 207 del Código de Comercio y a las Normas de Aseguramiento de la Información compiladas en el Anexo 4-2019 del Decreto Único Reglamentario – DUR 2420 de 2015, particularmente la NIA 260 y la NIA 265, sin que ello implique coadministración. Véanse, además, los Conceptos 2026-0079, 2026-0037, 2026-0034, 2026-0022, 2024-0308 y 2018-0852.”
Concepto CTCP 0097 de 2026
$ 5.900
“Revisor Fiscal – Alcance y comunicación al gobierno corporativo”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |