“… cuando la moneda funcional del contribuyente es distinta al peso colombiano, la UC (Utilidad Contables) para la tasa mínima de tributación debe tomarse de los estados financieros preparados conforme a los marcos técnicos contables vigentes. El artículo 868-2 del Estatuto Tributario exige que la información se lleve y presente en pesos colombianos para efectos fiscales, pero no redefine el origen ni el contenido de la UC. Por tanto, su aplicación debe entenderse como una regla de expresión fiscal en moneda colombiana y no como una habilitación para sustituir la utilidad contable a que hace referencia el parágrafo 6 del artículo 240 del Estatuto Tributario. Véanse, además, los Oficios 15669 de 2025, 13399 de 2025, 7933 de 2024 y 6363 de 2023.”
Oficio Dian 7650 de 2026
$ 5.900
“Impuesto sobre la renta y complementarios – Cálculo de la tasa mínima de tributación
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |