Concepto CTCP 0141 de 2026

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“Clasificación pensiones y auxilios funerarios”

“Las pensiones se clasifican, por regla general, como beneficios post-empleo y su reconocimiento, medición, presentación y revelación deben efectuarse conforme a los requerimientos aplicables a dicha categoría establecidos en la NIC 19 o en la Sección 28 de la NIIF para las PYMES como planes de aportaciones definidas o planes de beneficios definidos, según corresponda. Para los auxilios funerarios se requiere analizar las condiciones específicas del beneficio para determinar su adecuada clasificación. En todos los casos, la clasificación de los beneficios a los empleados debe realizarse con base en su naturaleza económica y no exclusivamente en el plazo previsto para su pago. Véase, de manera complementaria, el Concepto 2019-1055.”

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